En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley ADMITE el recurso de apelación, interpuesto el 28 de junio del 2011, conforme a lo establecido en el artículo 452 numerales 2 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Fiscal Quinta (5°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y el Fiscal Duodécimo (12°) en Materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercados de Capitales, en contra de la decisión dictada el 3 de junio de 2011, por el Juzgado Trigésimo Segundo (32°) de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a los ciudadanos BLANCA VALLES MUÑOZ, YOVANNYS VILLALBA MORENO y MIRLA PEÑA DIAZ, a cumplir la pena de tres (3) años y seis (6) meses de prisión, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal.