Este Tribunal de Juicio N° 2 de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Estado Lara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE POR CUANTO A LUGAR EN DERECHO EL LIBELO DE DEMANDA DE INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES presentado por el profesional del derecho FRANK REINALDO ROMAN CAÑIZALES, cedulado con el N° 9.551.239, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.670, en la persona de GIOVANNY ANTONIO BELLIO PRADO, venezolano, mayor de edad, cedulado con el N° V-7.324.961, domiciliado en la prolongación de la Avenida Lara con los Leones, Centro Medico Quirúrgico Los Leones, 2do Piso, Barquisimeto, Estado Lara.
SEGUNDO: Se declara improcedente la medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad del intimado en esta fase del proceso de intimación.
TERCERO: Se acuerda Librar Boleta de Intimación anexándole copia certi.....