Este Juzgado de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando como Tribunal de alzada administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, atendiendo a los criterios de competencia atribuido según lo dispuesto en los artículos 5, 8, 365, 366, 373, 522, 523, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente correlativamente con el artículo 27 ordinal 1 y 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Ciudadano Wilfredo Ricardo González Marrero, contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 06 de Septiembre de 2.004. Se corrobora el contenido del fondo decidido, en los aspectos concernientes a la obligación alimentaria quedando únicamente modificado el aspecto concerniente a la entidad bancaria, donde efectuara los depósitos el demandado; a.....