Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, concordados los elementos probatorios analizados, dejando a salvo los derechos de terceros, conforme a los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177, Parágrafo Segundo, Literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara a los ciudadanos EFRAÍN HUMBERTO, JENNY JACQUELINE, JESMIN JANETH, JESSY JUDITH, JEDDY JOSEFINA y PEDRO JOSÉ BARRETO CRESPO; DARWIN JOSÉ BARRETO ARTEAGA; y EFRAÍN ALEXANDER BARRETO RODRÍGUEZ, todos identificados, y al adolescente (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección al niño y el Adolescente), como Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondía al nombre de EFRAÍN BARRETO.