DECISIÓN
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JHONNY VÁSQUEZ, apoderado de la parte demandada, contra el auto de fecha 05 de marzo de 2003, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, intentado por el abogado JULIO E. RAMIREZ ROJAS contra JULIO RAMÓN VÁSQUEZ, mediante la cual declaró firme el decreto intimatorio, ordenando a la parte demandada al pago de la cantidad de Bs. 80.000.000,00, correspondiente al monto del capital adeudado, más las costas del presente juicio.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, Notifíquese a las partes de esta decisión, l.....