De las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal paso a decidir en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 4, 6, 13, 315, del Código Orgánico Procesal Penal por los argumentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal en sus funciones de Control Administrando Justicia en forma transparente, y expedita acuerda, la solicitud de la fiscalia del Ministerio publico de archivo fiscal y ordena la inmediata libertad de los imputados: FRANKLIN ARTURO BERMÚDEZ VELIZ, JUAN MANUEL SALCEDO VÁZQUEZ, y CARLOS EDUARDO BERMÚDEZ., los cuales están detenidos en el internado judicial de Carabobo, y en cuanto a los ciudadanos: JORGE LUÍS DURAN PEÑA, y JOSÉ RAMÓN ALVARADO, ordena que se le suspendan las medidas cautelares que le fueran impuesto. En este mismo sentido ordena que se guarde copia certificada de la presente decisión, y las presentes actuaciones a la fiscalia 11 del Ministerio Publico.