La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; ANULA la sentencia, dictada por el Juzgado a-quo, por las razones expuestas en la motiva del presente fallo; y ORDENA remitir el presente expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo con competencia territorial en la Región Capital, a los fines de que se pronuncie acerca de su competencia para conocer y decidir la demanda interpuesta. Con Voto Salvado del Juez Alexis Crespo Daza.