En base a las precedentes consideraciones, esta SALA 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados JHONNY ISABA y UBALDO LINARES, defensores privados de los imputados DIKSON MIGUEL ESTES BREA, DOUGLAS LUCENA SANDOVAL, JOSE ALEJANDRO FLORES, contra la decisión dictada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial en fecha 24 de Marzo de 2009 en el asunto signado con el N° GP01-P-2009-003373, mediante la cual le impuso al imputado DIKSON ESTEVES medida de privación judicial preventiva de libertad por la comisión de los delitos de HOMICIDO SIMPLE, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL HURTO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 405, 277, 470 y 286 del Código Penal y al imputado DOUGLAS LUCENA le impuso medida de priv.....