Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos JUAN CARLOS ANGULO ROJANO, Y SHIRLEY DEL CARMEN TORREZ AGUIAR ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veinte y dos (22) de noviembre de (2001), del año dos mil uno. Por ante la Prefectura del Municipio Sucre, Estado Miranda. Según Acta Nº371, Tomo 1 expedida por la misma autoridad en la fecha antes señalada.-