Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Se declara COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos, por los abogados Rafael Badell Madrid, Alvaro Badell Madrid, Nicolás Badell Benítez y Daniel Badell Porras, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "BANCO MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, C.A.", contra la Resolución Nº 262.08 de fecha 7 de octubre de 2008, dictada por la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDEBAN). 2.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto. 3.- IMPROCEDENTE la acción de amparo cautelar interpuesta. 4.- Declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto impugnado. 5.- ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte. 04