Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de Cumplimiento de Contrato, intentada por el ciudadano FRANKLIN ALI DÍAZ ARROYO, contra la ciudadana GRACIELA LICCIARDELLO BRITO, previamente identificados.
En consecuencia, se condena a la parte perdidosa cancelar a la parte actora, la cantidad de DIECISEIS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (16.500,oo Bs.F.) como cantidad entregada en la reserva, más la cláusula penal establecida; y al pago de los intereses calculados al TRES POR CIENTO (3%) anual, causados desde el día de la mora, esto es, desde el 13 de Octubre de 2008, fecha ésta acordada por la partes para la firma del documento, mas los que se sigan causando hasta la definitiva cancelación.
Se condena en costas a la parte demandada, en v.....