"...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado SAMUEL MORENO MARTINES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 93.870 apoderado del ciudadano FELIPE HUMBERTO REVERÓN SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-7.020.162, de este domicilio, contra la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 08 de Febrero de 2.005. En consecuencia, CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia emanada por el a quo en fecha 08/02/2006, por consiguiente, se declara CON LUGAR la demanda de desalojo sobre el bien objeto del contrato de arrendamiento establecido entre las partes .....