Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA: PRIMERO: SE IMPONE al ciudadano: YEFERSON JOSE VILLA SUAREZ, titular de la cédula de identidad 16.898.924, Nacido en Barquisimeto, Estado Lara, el 09.12.1982, de 28 años de edad, Venezolano, Soltero, residenciado en calle 5, cerca del parque Juan Cuchara, Casa N°96, San José, Barquisimeto Estado Lara, LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405, del código penal, en concordancia con lo establecido en el articulo 80 ejusdem. Por lo que se ordena su ingreso al CPRCO URIBANA, SEGUNDO: Se acuerda seguir la causa por el procedimiento ORDINARIO. TERCERO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en su oportunidad. CUARTO: Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa púb.....