En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelación del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto de conformidad con el artículo 447 numerales 4, 5 y 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por el abogado Ángel Raimig Salazar Cova, defensor privado de la ciudadana Marlin Elena Rodríguez Avilan, contra la decisión dictada el 1 de noviembre de 2010, por el Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual dictó la privación judicial preventiva de la libertad a la referida ciudadana, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 2 y .3, y parágrafo primero, y artículo 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Posesión Menor de Sustancias Estupefac.....