Vista la comunicación que riela al folio 41 del presente asunto, emanada e la Coordinación de Hechos Vitales del Ministerio de la Salud, remitiendo Certificado de Defunción del imputado JUAN CARLOS GUZMAN MELENDEZ, C.I. V-15.170.299, hacen que este Juzgador de conformidad conel Artículo 103 del Código Penal y Artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, declara extinguida la Acción Penal seguida contra el referido imputado ordenando remitir el asunto al Archivo Judicial, luego de cumplidas las formalidades de Ley, así se decide. Regístrese, Notifíquese, Ofíciese, Cúmplase.