DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados MANUEL VICENTE DUN y MARIA ALEJANDRA MAYZ FARIAS, en su carácter de defensores del ciudadano JUAN CARLOS MAYZ FARIAS, el cual se fundamenta conforme al artículo 447 ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal, recurso interpuesto en contra de la Decisión de fecha 07 de Noviembre de 2007, por el Tribunal Vigésimo Octavo (28°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acuerda mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada contra el ciudadano JUAN CARLOS MAYZ FARIAS, de acuerdo con los artículos 250 y 251 numerales 2 y 3 y parrágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal