PRIMERO: Reponer la causa al estado que el Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial; i) se pronuncie mediante auto, dejando constancia de los folios correctos que consignaron en los escritos de promoción de pruebas y en las pruebas anexas a este asunto, ii) se ordenen las pruebas en el sentido que sean colocadas primero las demandante y luego las del demandado, iii) se corrija la foliatura respectiva y posteriormente remita el expediente a este Juzgado.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del asunto a través de la Unidad de Recepción, Distribución de Documentos (URDD) Civil al Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: No hay condenatoria en costas porque ésta decisión no se refirió al fondo de la controversia y se dictó de oficio.