Por todos los razonamientos antes expuestos, el Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por, la sociedad mercantil ZURICH SEGUROS, S.A., anteriormente denominada Seguros Sud América, S.A., parte demandada, y por la parte actora, el abogado JOSÉ ANTONIO RONDON LARA, quien actúa en su propio nombre y representación, todos identificados en el encabezamiento de esta decisión, en los términos contenidos en la misma. Finalmente, la transacción realizada en los límites señalados, procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del código civil adjetivo.
Sin costas para nadie.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de Marzo de dos mil nueve (2009). Años: 198º de la Independencia y 150º d.....