III
DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, WILMER ANTONIO MONTILLA HERNANDEZ y BETTY DEL VALLE GUAREPE CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-12.055.379 y V-12.354.873 respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, ante la Primara Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, (Hoy Registrador Civil del Municipio Sucre), del año 1996.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copia certificada de la presente decisión, asimismo líbrense copias cert.....