Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CONFIRMA el amparo cautelar solicitado por el ciudadano JUAN CARLOS ROJAS ROMERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-17.032.827, asistido por la abogada AIXA ALFONZO LAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.835, SUSPENDE los efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 009/2015, de fecha 25 de marzo de 2015, emanada del Director General (E) del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, y ordenó la reincorporación del ciudadano JUAN CARLOS ROJAS ROMERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-17.032.827, al cargo de Oficial, del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo.....