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Decisiones del dia 24/11/2023

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP71-R-2006-000055(11654) N° Sentencia : Fecha: 24/11/2023
Procedimiento:
Cumpliento De Contrato, Daños Y Perjuicios
Partes:
CIUDADANOS BLANCA MARTÍNEZ R., MARY FLOR MARTÍNEZ COLMENARES, MARGELIA MARTÍNEZ COLMENARES, MAGNO GREGORIO MARTÍNEZ COLMENARES, OLGA BEATRIZ MARTÍNEZ COLMENARES, MARTÍN MARCELO MARTÍNEZ COLMENARES, MARTHA MARLENE MARTÍNEZ COLMENARES, MOISES MARTÍNEZ COLMENARES Y RAFAEL SIMÓN MARTÍNEZ GONZÁLEZ, EN CONTRA DE LA ENTIDAD FINANCIERA BANESCO, BANCO UNIVERSAL, S.A.C.A
Resumen:
Por tanto, siendo reconocido el fenómeno inflacionario en nuestro país, como una situación que afecta al orden público, criterio que acoge este sentenciador de conformidad con lo establecido en el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, con la finalidad de salvaguardar el valor adquisitivo de la moneda y del fiel cumplimiento de la obligación demandada y cuya procedencia fue verificada ut supra, este jurisdicente, ordena calcular la indexación judicial de la cantidad de diez millones novecientos diez mil cuatrocientos tres bolívares con treinta y un céntimos (Bs. 10.910.403,31), para lo cual deberá tomarse en cuenta los Índices Nacionales de Precios al Consumidor (I.N.P.C.), publicados por el Banco Central de Venezuela, desde el 27 de noviembre de 2001, hasta el mes de diciembre de 2015; a partir del mes de enero de 2016, hasta el mes de enero de 2018, ambos inclusive, de acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.....
Juez/Ponente:
Cesar Humberto Bello Conde
Organo:
Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2023-000480(11739) N° Sentencia : Fecha: 24/11/2023
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
LOS CIUDADANOS GUILLERMO FLORENCIO SOSA FARFAN Y ANA JOSEFINA CHACÓN, EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS CARLOS MANUEL GONZÁLEZ OLIVARES Y DANIEL JOSÉ MOROTTI
Resumen:
Partiendo de dicha premisa, si bien es cierto que la providencia que decreta la ejecución forzada de la sentencia, no puede considerarse una actuación de mero trámite o mera sustanciación, susceptible de ser revocado por contrario imperio o reformado de oficio o a petición de parte por el tribunal que lo haya dictado; siendo un auto decisorio sobre los presupuestos procesales y los requisitos constitutivos de la ejecución, no es menos cierto que las defensas que deben ser argüidas en su contra, deben estar subsumidas dentro de las cuales taxativas establecidas en el artículo 532 del Código de Procedimiento Civil, en cuyo caso, la decisión que dicte el tribunal de ejecución, será susceptible de apelación, dada su naturaleza; y, cualquier otro incidente, deberá ser resuelto, como anteriormente se dijo, conforme lo establecido en el artículo 607 eiusdem. Lo que conlleva a que, claramente, sean las determinaciones adoptadas por el juez, cumplidos dichos trámites, las que sean susceptibles .....
Juez/Ponente:
Cesar Humberto Bello Conde
Organo:
Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2023-000439(11735) N° Sentencia : Fecha: 24/11/2023
Procedimiento:
Estimación E Intimación Honorarios Profesionales
Partes:
EL ABOGADO JOSE OSCAR ARDILA RODRÍGUEZ, EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS CELSO ALBERTO ARDILA RODRIGUEZ Y ALFONSO ENRIQUE QUINTERO CORDERO
Resumen:
Sin embargo, al ser un hecho, que conforme los argumentos de las partes, en la demanda y su contestación, aceptado y convenido por éstas, que lo exime de prueba, tenemos que dentro de las actuaciones que relaciona el actor y que estima le generan el derecho para percibir honorarios profesionales por sus gestiones en juicio a favor de los demandados, la última de ella fue efectuada en fecha 10 de agosto de 2017, mientras que la demanda de estimación e intimación de honorarios que nos ocupa fue ejercida en fecha 25 de octubre de 2022, lo que determina que, como ciertamente se excepcionó la demandada, haya transcurrido más de cinco (5) años. Lo cual, si tomamos en cuenta, no la fecha de realización de la actuación, sino la oportunidad en que finalizó la relación entre las partes con la revocatoria del poder que le acredito la representación de los ciudadanos CELSO ALBERTO ARDILA RODRIGUEZ y ALFONSO ENRIQUE QUINTERO CORDERO, al actor, lo que ocurrió en fecha 17 de octubre de 2017, tenemos .....
Juez/Ponente:
Cesar Humberto Bello Conde
Organo:
Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito
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