Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. El DECAIMIENTO DEL OBJETO en la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana MARLIN E. LINARES ALLOCA, titular de la cédula de identidad Nro. 14.020.917, asistida por la abogada Kathleen Gabriela Barrios Balzán, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 246.803, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil THE GOOD YEAR TIRE& RUBBER COMPANY, constituida según la leyes de Estados Unidos de América, en fecha 29 de agosto de 1898, inscrita en el Registro de Compañías Extranjeras y Ohio bajo el Nro. 12127, identificada con el Número de Identificación Fiscal Federal (EIN) 34-0253240, contra el acto denegatorio tácito generado en virtud del silencio administrativo ante la ausencia de respuesta al recurso de reconsideración interpuesto en fecha 28 de noviembre de 2002, y rati.....