, se condena al demandado:
Primero: En que queda Resuelto el Contrato de Venta con Reserva de Dominio, que pactara por ante la Notaría Pública de Cabudare, en fecha 31 de Julio de 2.008, bajo el N° 56, Tomo 56 del Libro de Autenticaciones llevados por esa Notaría y por ende a la devolución del vehículo: Marca Hyundai, Modelo Accent familiar, Tipo Sedan, Año 2003, Color Plata, Uso Particular, Serial de Carrocería 8X1VF21LP3Y000479, Serial de Motor G4EH2266445, Placa KBD; Clase Automóvil, quedando en compensación para la parte actora la cantidad de dinero que ha pagado el demandado perdidoso hasta la presente fecha, a título de compensación e indemnización por el uso del vehículo.
Segundo: A pagar las costas procesales por haber resultado vencido en el presente juicio, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.