PRIMERO: El padre le suministrará a la madre de sus hijos la referida cantidad mediante recibos firmados. SEGUNDO: En el mes de agosto el padre se compromete en adquirir para su hijo el adolescente Identificación omitida por Disposición de la Ley , todo lo concerniente a uniformes, calzado y útiles escolares, por su parte y de igual manera, la madre adquirirá lo del niño ERWIN JESÚS. TERCERO: En el mes de diciembre el padre se compromete en adquirir para su hijo el adolescente Identificación omitida por Disposición de la Ley , vestuario, calzado en ambas fechas, vale decir, 24 y 31 de diciembre, así mismo, la madre comprará lo del niño Identificación omitida por Disposición de la Ley . CUARTO: Por otro lado se compromete ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación, gastos por guardería, educación y otros; en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de la niña arriba identificada, este Tribuna.....