Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR INFUNDADO el recurso de apelación, interpuesto por el Abogado ALBINO CESAR JAIMES, en su carácter de representante de las ciudadanas NILSEN GOLDING MONTEVERDE y CARMEN SOFIA GOLDING DE SANCHEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de Septiembre de 2008, mediante la cual: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano GERARDO JOSE RUIZ MELENDEZ, en agravio de la ciudadana GOLDING TRUJILLO CARMEN CECILIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho imputado no es típico”. La ante.....