este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Con lugar la solicitud presentada por el representante del Ministerio Público y la defensa, en consecuencia, se acuerda otorgar la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a los XXXXX; por la presunta comisión del delito que precalifica la Fiscalía como LESIONES PERSONALES GENERICAS COMETIDAS EN RIÑA, previsto en el artículo 413, en concordancia con el 425 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos YSAEL LÓPEZ, EDUARD GONZÁLEZ, YANERDIS Y ADRIANA MARTINEZ. En cuanto a la solicitud realizada por el Fiscal de que se continúe la presente causa por el procedimiento ordinario, este Tribunal lo acuerda con lugar. Líbrese boleta de libertad y oficio al Centro de Prisión Preventiva Cumaná. Se acuerda la libertad desde esta misma sala de audiencias. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. .....