DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara la cesación de las sanciones de Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad, en favor del joven IDENTIDAD OMITIDAD,, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal. Notifíquese a la Defensa y a la Fiscala 18 del Ministerio Público. Se deja constancia que contra el joven sancionado se libró orden de captura. Líbrense oficio al Panaced y a la Prefectura del Municipio Jiménez