En el presente caso, se observa que desde el 09/08/2014, fecha en que Tribunal ordeno comisionar al Juzgado del Municipio Valdes del Estado Sucre, a los fines de practicar la citación, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de de DIVORCIO intentada por la ciudadana MARIA CRISTINA SEQUERA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.140.702, de este domicilio, contra el ciudadano FLORENCIO ADALBERTO SOTILLO BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.185.303, domiciliado en Guiri.....