Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR, la falta de cualidad del actor propuesta por la parte demandada, y declara SIN LUGAR, la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA, intentada por el ciudadano FRANCO STELLUTO HERNANDEZ, contra la firma mercantil CENTRO COMERCIAL BARQUISIMETO, C.A. (CECOBARCA) representada por su director principal, ciudadano LUIS BENITEZ CORDERO, ya identificados.