EJuzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 794 del Código Civil Venezolano, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de entrega del vehículo en Guarda y Custodia Marca: FORD, Modelo: FIESTA, Año: 2001, Tipo: SEDAN, Color: ROJO, Placas: PAF-13N, Uso: PARTICULAR, Serial de Carrocería: 8YPB01C718A21584, Serial del Motor: 1A21584, planteada por el ciudadano: ALEXANDER RAFAEL DIMAS HERNANDEZ Titular de la Cédula de Identidad No.V-13.220.998, venezolano, mayor de edad, residenciado en La Urbanización Bebedero IV, Bloque 09, Apartamento 0102, Cumaná, Estado Sucre, asistido debidamente por el Abg. José Ramón Yeguez, en investigación iniciada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, por uno de los delitos contemplados en la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, ba.....