Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentada por la sociedad mercantil PROMOTORA R & M, C.A., Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, 20 de junio de 2016, N° 11, tomo 149-A, contra la sociedad mercantil GEOMETRICO CONSORCIO TURISTICO AMBIENTAL, Registro Mercantil del estado Yaracuy, 21 de noviembre de 2008, N° 40, tomo 2-C.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la primera pretensión de la demanda, en consecuencia, SE TIENE POR RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA POR GEOMETRICO CONSORCIO TURISTICO AMBIENTAL, antes identificado, el documento privado que fue acompañado por la parte actora al libelo y se tiene con autoridad de COSA JUZGADA. En consecuencia, una vez quede .....