Se dictó auto reformando y acumulando las penas impuestas a la penada DILIA TERESA GUERRERO DE SEVILLA. Se declaró la extinción de las penas principales y accesorias por cumplimiento. Se ordenó su libertad plena.Se ordenó notificar a la penada, su defensa y Fiscal 14° del Ministerio Público. Se ordenó remitir copias de la presente decisión a los organismos competentes, así como también oficiar a la Oni-Dex, Caracas y CICPC, Caracas, a fin de excluir las solicitudes en contra de la penada. Se ordenó oficiar a la Junta Parroquial San Carlos de Austria del Municipio Autónomo San Carlos, Estado Cojedes, a fin de dejar sin efecto las presentaciones impuestas a la penada.