En consecuencia, por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana ERIKA MAYELA REA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.349.333, en contra de la empresa INVERSIONES RGATI 520, C.A y solidariamente TIENDAS MANHANTAN, C.A (ANTES DISTRIBUIDORA MARAMAN, C.A), en consecuencia, condena a la demandada cancelar al actor la cantidad UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CON TRECE CENTIMOS (BS. 1.853.400, 13), discriminados de la siguiente manera:
No hay condenatoria en costas pues no hay vencimiento total.-
REGISTRSE PUBLIQUESE DEJESE COPIA.
Dada dictada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el día VEIN.....