este tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena al Ministerio publico corregir el señalado vicio formal, para lo cual le concede un plazo de cinco (5) días hábiles. Se acuerda reanudar la audiencia preliminar el día 5 de Octubre de 2005, a las once horas de la mañana (11:00 AM)