Como consecuencia de lo expuesto y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR VÍA DE INTIMACIÓN fuera interpuesta por el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE), ente liquidador del BANCO BARINAS, C.A. contra la ciudadana ZENAIDA MAGALI OVIEDO FALCÓN, ambas partes ya identificadas en esta decisión. Como consecuencia de lo anterior se CONDENA a la parte intimada, al pago de las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: La cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES EXACTOS (BS. 5.375,00) por concepto de la obligación principal, vale decir, el ca.....