´En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por los querellantes Mireya Coromoto Rodríguez Castillo, Veruska Raquel Monasterio Fermín, Yuliet Estrella Villalonga Duran, identificadas en autos, debidamente asistida por la abogada Jilmar Principal, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 186.724, contra la decisión interlocutoria con carácter definitiva de fecha 7 de diciembre del 2023, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se declara, INADMISIBLE la querella interdictal por perturbación, incoada por las ciudadanas MIREYA COROMOTO RODRÍGUEZ CASTILLO, VERUSKA RAQUEL MONASTERIO FERMÍN,.....