Respecto al capítulo I atinentes al cotejo de las documentales promovidas junto al libelo de la demanda, las cuales fueron impugnadas por la parte demandada en la oportunidad de llevarse a cabo la contestación, se observa que la parte promovente pretende una inspección o en su defecto se designe funcionarios a los fines de realizar el cotejo de los documentos identificados "F", "G", "H", "I", "J", "K", "L" y "M", contentivos de libelo de demanda, decreto de medida, auto de suspensión de medidas, sentencias y actuaciones varias cursantes en expedientes llevados por los Juzgados Tercero, Vigésimo Segundo de municipio de esta Circunscripción Judicial y Octavo de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial, el Tribunal a los fines de su admisión observa:
Dispone el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil
"... (Omisis) La parte que quiera servirse de la copia impugnada, podrá solicitar su cotejo con el original, o a falta de éste con una copia certificada expedida con anter.....