En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la la Dra. DULCE MARIA MONTERO VIVAS, en su condición de Juez del Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la causa N° 3.233-09, relativo al juicio por NULIDAD DE VENTA, interpuesto por la ciudadana MONICA YSABEL MELENDEZ GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad nro. 13.843.616, contra los ciudadanos ALLANG EDUARDO MACIAS COLINA, NORA ANTONIA COLINA, JESUS ARRIECHE GARCES en su carácter de Presidente de la Empresa Mercantil INVERSORA TODO CRISTAL, C.A., y JOSE GREGORIO MARIN VASQUEZ.