Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 02 de julio de 2003 por la abogado ARABIA TERESA MACHADO PERNALETE, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 45.754, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano DURAN GUSTAVO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-7.374.236.
En consecuencia se ordena la reposición de la causa, tal y como lo había ordenado el Juez a-quo, al estado de que la parte actora GUSTAVO ENRIQUE DURAN, plenamente identificado o su representante judicial subsane el error advertido y determine a que empresas o empresa va dirigida la acción y cumplida la misma, el juez de sustanciación, mediación y ejecución del Régimen transitorio que conozca, fije para la audiencia preliminar, habida cuenta, d.....