este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Acuerda:
PRIMERO: ADMITIR PARCIALMENTE LA ACUSACION interpuesta por el Fiscal Undécima del Ministerio Público y ordena la apertura del Juicio Oral de conformidad con el 331 y 332 de la norma adjetiva en contra del ciudadano ORLANDO PEREZ COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad 11.263.326, de profesión Guardia Nacional, domiciliado en la Zona Industrial I, calles 1 y 2, El Rosario , Edificio Don Ángel, Piso 7, Apartamento 72, de esta ciudad, de Barquisimeto Estado Lara, por la comisión de los delitos de Hurto calificado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Aprovechamiento de cosas provenientes del Delito, tipificado en los artículos 455, ordinales 4° , 278 y 472 del Código Penal venezolano.
Admisión esta de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS POR EL MINISTERIO .....