Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Desistido el Procedimiento por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, intentada por la sociedad mercantil ALENTUY, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27 de Septiembre de 1976, bajo el Nº 86 tomo 95--A ; y posteriormente inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha 13 de Enero del 2001, bajo el Nº 37, Tomo 6-A, en fecha 07 de Septiembre del 2000, bajo el Nº 14, Tomo 32-A, representada por su apoderado judicial Abogado en ejercicio FILIPO TORTORICI SAMBITO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 45.954., en contra de la Providencia administrativa signada con el Nº 078-2009-01-00455, en la cual se declara CON LUGAR la solicitud.....