Oído lo manifestado por las partes y en vista de los documentos traídos por la parte solicitante y mostrados ante este Juzgado, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda entregar el vehículo Marca Jeep, modelo: Cherokee Laredo, año: 1.997, color: azul, serial de carrocería: 8Y4FJ68VCV1705650, placas: BAG62M, serial de motor: 6 CIL, clase: Camioneta, tipo: Sport Wagon, uso: Particular, al ciudadano solicitante Armando José Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.452.824, residenciado en Calle Bermúdez, parroquia el Rincón, Municipio Benítez, casa s/n, Estado Sucre, bajo guarda y custodia, de conformidad con el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, con la obligación de presentarlo a este Tribunal y a la Fiscalía Segunda del Ministerio público las veces que sea .....