DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: CONDENA al Acusado JESÚS ARGENIS ANTIQUE MORENO, ya identificado, por la comisión de los delitos tipificado como ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en el artículo 5 en relación con el artículo 6 ordinales 1º y 2º de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor y el articulo 277 del Código Penal Vigente plenamente identificado en esta decisión, a cumplir la pena de, OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN. SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal (D); TERCERO: Se mantiene la Medida Privativa de Libertad decretada en contra del acusado, a tenor de lo establecido en el artículo 367 primer párrafo del Código Orgánico Procesal Penal hasta que la presente causa sea r.....