Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de GIUSEPPE MIGUEL BARBERA BEVILACQUA, en el sentido de que se asiente el primer apellido de la solicitante como BEVILACQUA. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCION, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO, No. 4376, folio 307 vto, año 1966. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los treinta días del mes de noviembre del dos mil cuatro. Años: 194º y 145º.-