Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos de los procedimientos sancionatorios signados con los Nº 078-2013-06-00591, 078-2013-06-00592 y 078-2013-06-00690, propuestos por los beneficiarios de la Providencia Administrativa Nº 00542, de fecha 13 de junio de 2.013, dictada en el expediente Nº 078-2012-01-00735, por la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE "PEDRO PASCUAL ABARCA", que declaró CON LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de Salario Caídos, incoada por los ciudadanos ROSIVEL ALVAREZ, MASSIEL SIRA, YOHAN APONTE, JOSÉ ZAMBRANO y MARIA MANZANILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.666.633, 16.641.683, 16.323.090, 18.332.419, y 16.240.338, respectivamente.