DISPOSITIVO-
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Hecho ejercido mediante escrito de fecha 03 de marzo de 2008, por los abogados: Maritza Parra González y Max Coloma, en su carácter de co-apoderado judiciales de la empresa mercantil "Compañía Nacional Anónima de Seguros La Previsora, contra el auto dictado en fecha 25 de febrero de 2008, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE REVOCA en todos y cada uno de sus términos el referido auto de fecha 25/03/2008; el cual cursa en copia certificada al folio 44, del presente expediente.
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