En el presente recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de enero de 2014, por la Abogada Marisela Cisneros Añez, actuando con el carácter de Apoderada de la ciudadana Carmen Mireya Acuña, contra la sentencia dictada en fecha 22 de enero de 2002, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, mediante el cual declaro inadmisible la admisión el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la Abogada Marisela Cisneros Añez, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana CARMEN MIREYA ACUÑA GUZMÁN, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación, 2. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto y 3. FIRME la sentencia apelada.