La Corte declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de indemnización ejercida por el ciudadano Elio Ramón Pérez Urbina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.535.360, asistido por el abogado Agustín Alfonzo Albornoz, inscrito en el Inpreabogado Nº 1.574 contra el Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA) de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital; ORDENA como indemnización pecuniaria única el pago de la cantidad de Veinte Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 20.000, 00) por parte del INSETRA al ciudadano Elio Ramón Pérez Urbina; ORDENA la realización de una disculpa por parte del Presidente del INSETRA; IMPROCEDENTE la corrección monetaria; IMPROCEDENTE la condenatoria en costas; INSTA al Presidente del INSETRA a que realice las acciones legales necesarias para el reintegro de los veinte mil boliváres fuertes (20.000 UT).