Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JORGE ALI ANGARITA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número 7.661.815, contra la sentencia dictada en fecha 28 de febrero de 2008, por el Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta, contra la GOBERNACION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. 2.- DESISTIDO el recurso de apelación ejercido. 3.- FIRME el fallo dictado en fecha 28 de febrero de 2008, por el Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.