En fecha 6 de marzo de 2018, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta con amparo cautelar por los Abogados Ricardo Mojica y José Ramírez, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil CAFETÍN DE ARQUITECTURA SOTO Y SALAS, S.R.L., contra el CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, ORDENÓ la notificación al ciudadano FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la SECRETARÍA DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, a la S M. CAFETÍN DE ARQUITECTURA SOTO Y SALAS y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos, ORDENÓ solicitar el expediente administrativo del caso a la SECRETARÍA DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA y ORDENÓ remitir el expediente judicial a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas.